Sistema eléctrico
 
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Desde el año 1982, el sector eléctrico en Chile está estructurado sobre la base de la iniciativa y la propiedad privada, en un marco de competencia de mercado para la generación y las nuevas obras de transmisión, y de regulación basada en una empresa teórica eficiente para la distribución.

De acuerdo al orden constitucional y a la legislación vigente, las entidades estatales, incluyendo las relacionadas con el sector eléctrico, desempeñan un rol regulador y fiscalizador. La Comisión Nacional de Energía (CNE) define, regula y coordina la política energética, y elabora semestralmente el plan indicativo de obras de inversión en las actividades de generación y transmisión, cuyo cumplimiento no es obligatorio para las empresas del sector. Asimismo, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) fiscaliza el cumplimiento de  las normas de calidad y seguridad del servicio; la Dirección General de Aguas (DGA) otorga los derechos de aprovechamiento de aguas necesarios para las actividades de generación hidroeléctrica; el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción otorga las concesiones para la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica, y la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) administra el sistema de evaluación de impacto ambiental de los proyectos. Para la construcción y la entrada en operación de centrales termoeléctricas, no se requiere el otorgamiento de concesiones ni de cualquier otro derecho por parte de entidades estatales.

   
 
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